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Código Penal Artículo 359 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Código Penal Nayarit
Artículo 359.

Al responsable de homicidio calificado se impondrá una pena de veinte a cincuenta años de prisión y multa de cincuenta a ciento cincuenta días.



Estado de Nayarit Artículo 359 Código Penal
Artículo 1 ...357 358 359 360 361 ...423

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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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