Código Penal Artículo 361 bis Estado de Nayarit
Código Penal
Artículo 361 bis.
Se impondrán de treinta a cincuenta años de prisión y multa de quinientos a mil días, a quien cometa el delito de feminicidio.
Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen motivos de género, cuando se acredite alguna de las circunstancias siguientes:
I.La víctima presente signos recientes de violencia sexual de cualquier tipo;
II.A la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
III.Existan antecedentes o indicios legalmente preconstituidos de amenazas, acoso, hostigamiento, violencia intrafamiliar o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
IV.El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;
V.Cuando el sujeto activo haya cometido sobre la víctima otro delito de tipo sexual;
VI.El homicidio se cometa para ocultar una violación o evitar que se denuncie o sancione dicho ilícito;
VII.La víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad, de cualquier forma, o
VIII.Que se cometa por odio, aversión obsesiva, discriminación o dominio hacia la mujer.
En caso que no se acredite el feminicidio se aplicarán las reglas del homicidio.
Estado de Nayarit Artículo 361 bis Código Penal
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
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