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Código Penal Artículo 397 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Penal Nayarit
Artículo 397.

Al que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro, de cualquier cosa ajena mueble, de la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio, se le sancionará con prisión de tres meses a dos años y multa de diez a treinta días, cuando el monto del abuso no exceda cien veces la Unidad de Medida y Actualización diaria.

Si excede de esta cantidad, pero no de quinientas veces la Unidad de Medida y Actualización diaria, la prisión será de dos a cuatro años y multa de quince hasta sesenta días.

Si el monto es mayor de quinientas pero no dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización diaria, la prisión será de cuatro a diez años y la multa de veinte a cien días.

Si el monto es mayor de dos mil Unidades de Medida y Actualización diarias, la prisión será de seis a doce años y multa de cuarenta a doscientos días. 



Estado de Nayarit Artículo 397 Código Penal
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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


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