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Código Penal Artículo 255 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Penal Nuevo León
Artículo 255.

Comete el delito de usurpación de funciones públicas o de profesión, y uso indebido de condecoraciones o uniformes:

I.-El que, sin ser servidor público, se atribuya ese carácter y ejerza algunas de las funciones de tal;

II.-El que se atribuya el carácter de profesionista sin tener título legal o grados académicos, y ejerza los actos propios de la profesión o el grado; y

III.-El que usare uniforme, insignia, distintivo o condecoración a que no tenga derecho.



Estado de Nuevo León Artículo 255 Código Penal
Artículo 1 ...254 254 bis 255 256 256 bis ...445

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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