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Código Penal Artículo 383 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Oaxaca
Artículo 383.

El fraude se perseguirá por querella. Excepción hecha cuando el activo tenga conducta precedente por el mismo delito o para el caso de que el pasivo sea un organismo o institución pública o descentralizada



Estado de Oaxaca Artículo 383 Código Penal
Artículo 1 ...381 382 383 383 bis 384 ...425

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