Código Penal Artículo 230 Estado de Puebla
Código Penal Puebla
Artículo 230.
Se impondrá prisión de dos meses a un año o multa de uno a diez días de salario, al que, sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin el consentimiento de aquel que pueda resultar perjudicado, entregue, revele, publique o divulgue algún secreto, comunicación confidencial o documento reservado que conoce o ha recibido en razón de su empleo, cargo, profesión o puesto.
Estado de Puebla Artículo 230 Código Penal
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