Código Penal Artículo 153 Estado de San Luis Potosí
Código Penal San Luis Potosí
Artículo 153.
Comete el delito de ataque peligroso quien:
I.Sin el ánimo de causar daño a la integridad física dispara sobre una persona o grupo de personas un arma de fuego, o
II.Ataca a alguien de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza, destreza del agresor o de cualquier otra circunstancia semejante, puede producir como resultado lesiones o la muerte.
Este delito se sancionará con una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
Estado de San Luis Potosí Artículo 153 Código Penal
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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