Código Penal Artículo 184 Estado de Tabasco
Código Penal
Artículo 184.
Se equipara al delito de abigeato y se aplicará prisión de cinco a nueve años y de trescientos a seiscientos días multa, a quien:
I.No acredite la propiedad de animales, productos o subproductos, ante cualquier autoridad competente que se lo requiera;
II.Marque, contramarque, señale o contraseñale uno o más animales, sin consentimiento de quien pueda otorgarlo conforme a la ley;
III.Altere, desfigure o elimine las marcas o señales de identificación de uno o más animales sin consentimiento de quien está facultado para realizarlo conforme a la ley;
IV.A sabiendas o sin tomar las medidas necesarias para cerciorarse de la procedencia legítima, consienta en rastros autorizados o en cualquier otro lugar de matanza, el sacrificio de animales para el consumo humano producto del abigeato;
V.Sacrifique intencionalmente ganado ajeno, sin consentimiento de su propietario;
VI.Extraiga, altere, modifique o encime dispositivos de identificación oficial de animales, sin consentimiento de quien pueda otorgarlo conforme a la ley;
VII.Proteja dolosamente ganado obtenido del abigeato con documentación falsa; y
VIII.A quien expida o haga uso de facturas, guía de tránsito, certificado zoosanitario o dispositivos de identificación oficial apócrifos, para simular ventas de animales, producto u subproductos, de los que no se acredite la propiedad o para trasladarlos para fines de movilización de vida o sacrificio para consumo humano, sin estar debidamente autorizado.
Estado de Tabasco Artículo 184 Código Penal
Mejores juristas





Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios