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Código Penal Artículo 307 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Penal Tamaulipas
Artículo 307.

Se impondrá la misma sanción prevista en los párrafos segundo y último del artículo anterior, al que por medio de amenazas de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho de hacer.

En caso de que el activo impida el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, al alterar o suspender provisionalmente por medio de intimidaciones y amenazas de cualquier tipo y por cualquier medio, el libre ejercicio de sus funciones se aplicarán las sanciones previstas en el primer párrafo del artículo que antecede



Estado de Tamaulipas Artículo 307 Código Penal
Artículo 1 ...305 306 307 308 309 ...475

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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