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Código Procesal Administrativo Artículo 124 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 124.

La interrupción del procedimiento por causa de muer te, incapacidad, declaración de au sen cia de las personas físicas, por quiebra o disolución de la persona moral o, en su caso, por desaparición del órgano de la administración pública, se tramitará ante el Magistrado, y procederá cuando antes de la celebración de la audiencia final, se de cualquiera de dichos supuestos.

La interrupción no podrá ser menor de tres meses, ni mayor de un año, para que se apersone en el juicio el albacea de la sucesión o el tutor del incapaz, o bien el representante legal del ausente o de la liquidación, según sea el caso, o se provea a la substitución del correspondiente representante procesal, y se sujetará a lo siguiente:

I.Se fijará el plazo en razón de la naturaleza del asunto;

II.Se decretará por el Magistrado a partir de la fecha en que éste tenga conocimiento de la existencia de alguno de los supuestos a que se refiere el artículo que antecede;

III.Se notificará personalmente al albacea, tutor o representante legal que corresponda, en los domicilios registrados en autos y, en caso de que no se conozca la identidad de aquéllos o s u s domicilios, debe rán realizarse las investiga cio ne s pertinentes par a ubicar su pa r adero y pro ce der en consecuencia, y

IV.Si transcurrido el plazo máximo de interrupción nadie comparece en representación de la parte que dio lugar al incidente, el Magistrado acordará la reanudación del juicio, ordenando que todas las notificaciones se efectúen por lista que se fijará en los estrados del Tribunal, dejando constancia en autos, y resolverá lo que en derecho proceda.



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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