Imprimir

Código Procesal Administrativo Artículo 39 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2024

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 39.

Las notificaciones a las autoridades, se harán por medio de oficios que serán entregados en el domicilio de su oficina principal en el lugar del procedimiento o juicio, por el notificador de la autoridad administrativa o el actuario del Tribunal tratándose de actuaciones judiciales, quien recabará la correspondiente constancia de recibo; y fuera del lugar del procedimiento administrativo o juicio, por correo certificado con acuse de recibo, el cual se agregará a los autos.

En casos urgentes, las notificaciones podrán hacerse por vía telegráfica, fax o por cualquier otra vía que genere certeza jurídica para la autoridad administrativa, el Tribunal, y las partes.

Las notificaciones por oficio se harán conforme a las reglas siguientes:

I.Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en el lugar del juicio, el actuario hará la entrega, recabando la constancia de recibo correspondiente;

II.Si la autoridad se niega a recibir el oficio, el notificador o el actuario hará del conocimiento del encargado de la oficina correspondiente que no obstante esta circunstancia, se tendrá por h echa la notificación. Si a pesar de esto sub siste la negativa, asentará la razón en autos y se tendrá por hecha;

III.Si el domicilio de la oficina principal se encuentra en alguno de los municipios que integran el Primer Distrito Judicial, el actuario notificará a la autoridad en términos de la fracción I de este artículo, y

IV.Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en otro municipio distinto a los comprendidos en el primer Distrito Judicial, se enviará el oficio por correo en

pieza certificada con acu se de recibo, o bien mediante exh orto, agregando en autos la constancia correspondiente.



Estado de San Luis Potosí Artículo 39 Código Procesal Administrativo
Artículo 1 ...37 38 39 40 41 ...294

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Salve 

Come beneficiare di una Sovvenzione Non Rimborsabile da parte di Comitato Italiano per l'UNICEF Fondazione ETS…

Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.

 

L'obiettivo comune è incoraggiare e sostenere le persone in difficoltà finanziaria e contribuire alla realizzazione di progetti di interesse generale, siano essi pubblici (Stato, enti locali) o privati (Fondazioni, Associazioni).

Per ulteriori informazioni, contattaci :

  ✅ E-mail : [email protected]

?INDIRIZZO: VIA PALESTRO 68,

00185 ROMA

Cordiali saluti


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse