Código Procesal Administrativo Artículo 39 Estado de San Luis Potosí
Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 39.
Las notificaciones a las autoridades, se harán por medio de oficios que serán entregados en el domicilio de su oficina principal en el lugar del procedimiento o juicio, por el notificador de la autoridad administrativa o el actuario del Tribunal tratándose de actuaciones judiciales, quien recabará la correspondiente constancia de recibo; y fuera del lugar del procedimiento administrativo o juicio, por correo certificado con acuse de recibo, el cual se agregará a los autos.
En casos urgentes, las notificaciones podrán hacerse por vía telegráfica, fax o por cualquier otra vía que genere certeza jurídica para la autoridad administrativa, el Tribunal, y las partes.
Las notificaciones por oficio se harán conforme a las reglas siguientes:
I.Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en el lugar del juicio, el actuario hará la entrega, recabando la constancia de recibo correspondiente;
II.Si la autoridad se niega a recibir el oficio, el notificador o el actuario hará del conocimiento del encargado de la oficina correspondiente que no obstante esta circunstancia, se tendrá por h echa la notificación. Si a pesar de esto sub siste la negativa, asentará la razón en autos y se tendrá por hecha;
III.Si el domicilio de la oficina principal se encuentra en alguno de los municipios que integran el Primer Distrito Judicial, el actuario notificará a la autoridad en términos de la fracción I de este artículo, y
IV.Si el domicilio de la oficina principal de la autoridad se encuentra en otro municipio distinto a los comprendidos en el primer Distrito Judicial, se enviará el oficio por correo en
pieza certificada con acu se de recibo, o bien mediante exh orto, agregando en autos la constancia correspondiente.
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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