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Código Procesal Civil Artículo 257 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil Coahuila
Artículo 257. Procedimiento para hacer efectiva la responsabilidad proveniente de cauciones

Cuando se trate de hacer efectiva la responsabilidad proveniente de las cauciones que se otorgaren en juicio, se tramitará un incidente ante el juzgador que conozca del negocio principal en los términos previstos por este código. El incidente deberá promoverse dentro de los sesenta días siguientes al en que sea exigible la obligación garantizada, en la inteligencia de que de no presentarse la reclamación dentro de ese plazo, sólo podrá exigirse dicha responsabilidad en juicio por separado



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 257 Código Procesal Civil
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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