Código Procesal Civil Artículo 33 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil
Artículo 33. Competencia exclusiva de los juzgados de primera instancia en razón de la materia
Cualquiera que sea el valor del negocio, los juzgados de primera instancia, con exclusión de los demás, conocerán:
I. De las cuestiones sobre el estado civil o capacidad de las personas.
II. De la responsabilidad civil por daños y perjuicios causados a un grupo indeterminado de personas que no constituye una persona moral.
III. De la homologación y ejecución de sentencia extranjera.
IV. Del procedimiento de ejecución colectiva y, en jurisdicción concurrente, de los juicios de quiebra y de suspensión de pagos.
V. De los juicios sucesorios.
VI. De las informaciones testimoniales para perpetuar la memoria o de dominio.
VII. De los procedimientos sobre cuestiones no patrimoniales, y
VIII. De los demás para los que la ley les asigna competencia exclusiva.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 33 Código Procesal Civil
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
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