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Código Procesal Penal Artículo 256 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Penal Hidalgo
Artículo 256. Plazo judicial para el cierre de la investigación

Después de decidir sobre la procedencia de la vinculación a proceso y, en su caso, de medidas cautelares, antes de cerrar la audiencia, el Juez de Control, de oficio o a solicitud de parte, fijará un plazo para el cierre de la investigación, tomando en cuenta la naturaleza de los hechos atribuidos y la complejidad, de la misma, sin que pueda ser mayor a dos meses, en caso de que el delito merezca pena máxima que no exceda de dos años de prisión, o de seis meses, si la pena excediere de ese tiempo.



Estado de Hidalgo Artículo 256 Código Procesal Penal
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