Código Procesal Penal Artículo 190 Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 190. Embargo y otras medidas conservatorias
Para garantizar la reparación de los daños y perjuicios provocados por el hecho punible, la víctima o el Ministerio Público pueden solicitar al juez el embargo u otras medidas precautorias previstas por la ley procesal civil, observando las disposiciones contenidas en ese ordenamiento.
Para garantizar el pago de los gastos que le genere el proceso a la víctima, sólo ésta podrá solicitar tales medidas
Estado de Oaxaca Artículo 190 Código Procesal Penal
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
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