Código Procesal Penal Artículo 224 Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 224. Opiniones extraprocesales
El Ministerio Público y quienes participaren en la investigación no podrán proporcionar información que atente contra el secreto o la reserva de ésta, que ponga en riesgo la seguridad pública o que, innecesariamente, pueda lesionar los derechos de la personalidad. Sin embargo, podrán, extraprocesalmente, dar opiniones de carácter general y doctrinario acerca de los asuntos en que intervengan
Estado de Oaxaca Artículo 224 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Civiles Colima Artículo 413.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 224. Trámite de la denuncia Ley General de Protección Civil Artículo 72. Código Civil Durango Artículo 2308. Ley del Sector Hidrocarburos Federal Artículo 45. Código Procesal Penal Durango Artículo 228. Finalidad de la investigaciónPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios