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Código Procesal Penal Artículo 332 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 332. Concepto de medio de prueba

Constituye medio de prueba todo instrumento que conduzca a un conocimiento cierto o probable sobre un hecho, que ingrese al proceso en una audiencia de las previstas en este Código con observancia de las formalidades correspondientes.

La prueba incorporada en una audiencia sólo se puede utilizar para fundar la decisión que el tribunal competente debe dictar en ella, salvo las excepciones contenidas en este Código



Estado de Oaxaca Artículo 332 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...330 331 332 333 334 ...478

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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