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Código Penal Artículo 123 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 123. Casos de conexidad

Las causas son conexas:

I.Cuando a una misma persona se le imputen dos o más delitos;

II.Si los hechos imputados han sido cometidos simultáneamente por varias personas, aunque estén en distintos lugares o los hayan realizado en diferentes momentos, cuando hubiere mediado acuerdo entre ellas;

III.Si un hecho punible se ha cometido para perpetrar o facilitar la comisión de otro, o para permitir o procurar al autor o a otros el provecho o la impunidad, o

IV.Cuando los hechos punibles hayan sido cometidos recíprocamente.



Estado de Zacatecas Artículo 123 Código Penal
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