Código Penal Artículo 485 Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal
Artículo 485. Multa
Si el condenado no paga la multa dentro del plazo que fija la sentencia, será citado para que indique si opta por sustituir la multa por trabajo voluntario en instituciones de asistencia pública o por trabajos comunitarios, solicita plazo para pagarla o entrega bienes suficientes que alcancen a cubrirla. El Juez podrá autorizar el pago en parcialidades.
Si es necesario el Juez procederá al embargo y a la venta pública de los bienes embargados, conforme al Código de Procedimientos Civiles del Estado, o hará efectivas las cauciones.
Si es necesario sustituir la multa por prisión, citará a una audiencia al Ministerio Público, al condenado y a su defensor, oyendo a quienes concurran, y decidirá por auto fundado. Sustituida la multa por prisión, se ordenará la detención del condenado.
Estado de Zacatecas Artículo 485 Código Penal
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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