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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 285 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 285. Actividades de seguridad hidráulica

El Ejecutivo del Estado en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, así como con la participación de los diferentes sectores sociales, intervendrá en las actividades de seguridad hidráulica y programará proyectos, medidas y acciones para prevenir los efectos de avenidas, inundaciones, sequías y otros fenómenos extremos; dichas acciones deberán estar integradas en el Programa de Gobierno del Estado o en los programas que deriven del mismo.



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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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