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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 347 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 347. Clausura de las descargas de aguas residuales

La Procuraduría está facultada para clausurar las descargas de aguas residuales en los bienes de jurisdicción estatal y para ordenar o, en su caso, solicitar a la autoridad la suspensión de las actividades que den origen a las descargas de aguas residuales cuando:

I. El responsable de la descarga no posea el permiso correspondiente, conforme lo dispone el Código y sus reglamentos;

II. La calidad de las mismas no satisfaga las normas oficiales mexicanas en la materia;

III. Se omita el pago de los derechos por el uso o aprovechamiento de cuerpos receptores para su descarga; o

IV. El responsable de la descarga las diluya en mayores volúmenes de agua de primer uso o tratada, buscando satisfacer las normas oficiales mexicanas respectivas o las condiciones particulares para descargar en cuerpos receptores.

Cuando proceda la suspensión será sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que se hubiera incurrido.

De existir la posibilidad de daño o peligro para la población y el medio ambiente y previa solicitud, la Procuraduría podrá ordenar tomar las medidas para realizar las acciones necesarias para contrarrestarlo; los costos que se generen serán a cargo de los responsables.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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