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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 405 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 405. Superficie mínima de los lotes

Los lotes unifamiliares de los fraccionamientos habitacionales tendrán una superficie mínima de ciento cinco metros cuadrados.

En los reglamentos municipales se establecerán las superficies mínimas de los lotes de fraccionamientos turísticos, recreativo-deportivos, agropecuarios, comerciales e industriales, sin que puedan ser menores a la superficie a que se refiere el párrafo anterior.



Estado de Guanajuato Artículo 405 Código Territorial para el Estado y los Municipios
Artículo 1 ...403 404 405 406 407 ...565

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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