Constitución Artículo 58-E Estado de Aguascalientes
Constitución Aguascalientes
Artículo 58-E.
En el Estado operará un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como hecho punible por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, en el que se garanticen los derechos humanos y fundamentales que reconocen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les son reconocidos.
La procuración e impartición de justicia para adolescentes estará a cargo de instituciones, juzgados y autoridades especializados. En los términos y condiciones que se contengan en la ley, podrán aplicar las medidas de orientación, protección y tratamiento que amerite cada caso, atendiendo a la protección integral y el interés superior del adolescente. Los medios alternativos para la resolución de las controversias deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente.
Las personas menores de doce años que hayan realizado una conducta prevista como hecho punible en la ley, sólo serán sujetos a rehabilitación y asistencia social, lo cual estará a cargo de la institución que señale la ley de la materia. El internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas antisociales calificadas como graves.
En todos los procedimientos seguidos a los adolescentes se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia entre las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas. Éstas deberán ser proporcionales a la conducta realizada y tendrán como fin la reinserción y reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades.
Estado de Aguascalientes Artículo 58-E Constitución
Mejores juristas





Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios