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Constitución Artículo 98 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Constitución Baja California
Artículo 98.

En el Estado las mujeres tienen los mismos derechos civiles y políticos que los hombres; podrán ser electas y tendrán derecho al voto en cualquier elección, siempre que reúnan los requisitos que señale la Ley.

El Estado y los Municipios promoverán el desarrollo integral de la juventud; la Ley establecerá los mecanismos para la protección de sus derechos.

El Estado y los Municipios fomentarán el acceso universal de toda persona a la conectividad de redes digitales dentro de los bienes del dominio público que a cada ámbito correspondan, desarrollando las acciones que sean necesarias para garantizar el ejercicio de este derecho.



Estado de Baja California Artículo 98 Constitución
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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