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Constitución Artículo 101 ter Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Constitución Campeche
Artículo 101 ter.

El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Campeche es el órgano especializado en materia administrativa, el cual gozará de plena autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Este órgano jurisdiccional no estará adscrito a ninguno de los Poderes del Estado.

El Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Campeche tendrá a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública estatal y municipal y los particulares. Asimismo, será el órgano competente para imponer las sanciones a los servidores públicos por las responsabilidades administrativas que la Ley de la materia determine como graves y a los particulares que participen en actos vinculados con dichas responsabilidades, así como fincar a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública estatal o municipal o al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales.

El Tribunal de Justicia Administrativa funcionará de conformidad con su Ley Orgánica en la que deberá existir, entre otros, la Sala Especializada en materia de anticorrupción y responsabilidades administrativas. Dicha Ley Orgánica establecerá su organización y funcionamiento y estará conformado por tres Magistrados que serán designados por el Gobernador del Estado y ratificados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del H. Congreso del Estado o, en sus recesos, por la Diputación Permanente.

Los Magistrados durarán en su cargo quince años improrrogables y sólo podrán ser removidos de sus cargos por las causas graves que señale la Ley.



Estado de Campeche Artículo 101 ter Constitución
Artículo 1 ...101 101 bis 101 ter 101 quater 101 quinquies ...132

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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