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Constitución Artículo 23 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Constitución Chihuahua
Artículo 23.

Se suspende el ejercicio de los derechos de ciudadano chihuahuense:

I. Por suspenderse los de ciudadano mexicano.

II. Por incapacidad legal o ebriedad consuetudinaria declaradas en forma.

III. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de los deberes de ciudadano.

IV. Por estar procesado criminalmente, desde el auto de vinculación a proceso, o declaración de haber lugar a formación de causa contra los individuos aforados hasta que se dicte sentencia absolutoria ejecutoriada o se extinga la condena.

V.Por servir Oficialmente al gobierno de otro Estado sin licencia del Congreso. Esta suspensión durará por el tiempo del empleo o comisión, o mientras no se obtenga la licencia expresada.

VI. Por sentencia judicial, en los casos y por el tiempo que en ella se determine.



Estado de Chihuahua Artículo 23 Constitución
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