Constitución Artículo 158-D Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución Coahuila
Artículo 158-D.
El Municipalismo Cooperativo e Interdependiente se instituye en el régimen interior del Estado como la fórmula política, orgánica y funcional, para que los Gobiernos Estatal y Municipal actúen, bajo el principio de fidelidad municipal, de manera constructiva, corresponsable y armónicamente en el desempeño de sus funciones exclusivas, concurrentes o coincidentes.
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El cobro de honorarios prescribe en 3 años en el Estado de Guanajuato, lo que significa que ya no puedes reclamar dichos honorarios. Se tendría que analizar el caso más a fondo para ver si concurren algunas de las exepciones que establece la ley, que permitan el cobro de los honorarios.
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que se entiende por el articulo 188 de la ley general de sociedades mercantiles
A que se refiere con fundado y motivado en la fraccion IV del art. 38 CFF
En un reten en conjunto con la policia municipal, estatal y federal el oficial de la guardia nacional puede puede ejercer las obligaciones de un policia administratico. Como pedir targeton, licencia de conducir y dar multas
Probablemente se tipificaría como homicidio calificado, no aplicaría la legitima defensa ya que el joven provocó la agresión
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