Constitución Artículo 25 Estado de Guerrero
Constitución Guerrero
Artículo 25.
La extensión y límites del Estado de Guerrero se encuentran reconocidos por los Estados circunvecinos en la siguiente forma:
I. Con el Estado de Michoacán: por dos decretos; uno de la Federación, publicado en el Diario Oficial del 14 de diciembre de 1906, y otro del Estado (número 18) del 20 de noviembre de 1907, que confirma y ratifica el anterior;
II. Con el Estado de México: por Decreto del 15 de mayo de 1849 expedido por el Congreso General (hoy Congreso de la Unión), que procedió al decreto de erección del Estado;
III. Con el Estado de Morelos: por el convenio celebrado entre ambas entidades el 8 de octubre de 1946;
IV. Con el Estado de Puebla: por los límites estipulados en el mapa oficial levantado en 1845 por órdenes del Ejecutivo Federal; y,
V. Con el Estado de Oaxaca: por laudo pronunciado por particular el 28 de abril de 1890, que acepta el dictamen de las comisiones de límites de ambos Estados, con base en el cual se expidió el decreto de la Legislatura del Estado, del 27 de noviembre de 1890, y ratificado por el convenio de límites celebrado el 9 de febrero de 1988.
Estado de Guerrero Artículo 25 Constitución
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla
Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue
Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
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