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Constitución Artículo 22 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Constitución Puebla
Artículo 22.

Los derechos y prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

I.- Por incapacidad declarada conforme a las leyes;

II.- Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de las obligaciones impuestas por el artículo anterior;

III.- Por estar procesados por delito intencional que merezca sanción corporal, desde la fecha en que se dicte auto de formal prisión o desde que se declare que ha lugar a instauración de causa, tratándose de funcionarios que gocen de fuero constitucional;

IV.- Por sentencia ejecutoriada que imponga como pena esa suspensión;

V.- Durante el cumplimiento de una pena corporal;

VI.- Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión, hasta que prescriba la acción penal; y

VII.- Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes.



Estado de Puebla Artículo 22 Constitución
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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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