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Constitución Artículo 58 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/03/2023

Constitución Puebla
Artículo 58.

El Congreso al aprobar la Ley de Egresos del Estado, verificará que en la misma se incluyan los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban los servidores públicos de las Dependencias y de las Entidades Paraestatales.

Las Entidades Paraestatales deberán incluir anualmente en sus presupuestos de egresos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones de sus servidores públicos, tomando como base los tabuladores aprobados por el Congreso en la Ley de Egresos del Estado.

Los Poderes Legislativo y Judicial del Estado, así como los Organismos con autonomía reconocida en esta Constitución que ejerzan recursos del presupuesto de egresos del Estado, deberán incluir en sus respectivos proyectos de presupuesto de egresos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos, a efecto de que se incluyan en la Iniciativa de Ley de Egresos del Estado para su aprobación.

En la determinación de las remuneraciones a que se refiere este artículo, los entes públicos señalados en los párrafos que anteceden, deberán observar las bases establecidas en el artículo 134 de esta Constitución.



Estado de Puebla Artículo 58 Constitución
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Es enserio que cree que hiciste eso? Estudiaste alguna ingeniería o tienes conocimientos en informática para al menos llegar a pensar que puedes hacerlo?. Tu servicio es hacer tatuajes y lavar coches, nada que ver con lo que la persona dice


Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor


cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.


Que quiere decir este artículo?


hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


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