Constitución Artículo 99 Estado de Puebla
Constitución Puebla
Artículo 99.
Para ser Fiscal General del Estado se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano, en pleno goce de sus derechos políticos y civiles;
II.- Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de su designación;
III.- Ser profesional del derecho con título legalmente expedido, con antigüedad mínima de diez años;
IV.- Gozar de buena reputación; y
V.- No haber sido condenado por delito doloso.
La Ley fijará los requisitos que deben reunir los demás funcionarios de la Fiscalía General del Estado.
Estado de Puebla Artículo 99 Constitución
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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