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Constitución Artículo 34 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/03/2023

Constitución San Luis Potosí
Artículo 34.

La ley regulará y garantizará el desarrollo de los procesos electorales y el ejercicio auténtico del sufragio.

Los organismos electorales competentes, con la participación de los partidos políticos y la colaboración del Gobierno, promoverán la actualización permanente del padrón electoral del Estado.



Estado de San Luis Potosí Artículo 34 Constitución
Artículo 1 ...32 33 34 35 36 ...139

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cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.


Que quiere decir este artículo?


hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


¿ Se puede heredar? el Contrato de Usufructo


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