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Constitución Artículo 149 Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/03/2023

Constitución Sonora
Artículo 149.

Por ningún motivo podrán embargarse o subastarse las contribuciones del Estado o del Municipio.



Estado de Sonora Artículo 149 Constitución
Artículo 1 ...148 A 148 B 149 150 150 A ...165

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hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


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un jubilado perteneciente a algun sindicato puede ser reoresentante sindical a nivel nacional


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