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Constitución Artículo 88 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/03/2023

Constitución Zacatecas
Artículo 88.

Son funciones del Ministerio Público: la persecución de los delitos del orden común ante los tribunales; solicitar las órdenes de aprehensión contra los inculpados; allegarse y requerir las pruebas que acrediten su responsabilidad; procurar que los procesos se sigan con toda regularidad para que la justicia sea eficaz, imparcial, pronta y expedita; pedir la aplicación de las penas y la reparación de los daños causados a las víctimas del delito, e intervenir en todos los demás asuntos que las leyes determinen.

Para la investigación de los delitos y persecución de los delincuentes, el Ministerio Público se auxiliará de la Policía

Ministerial, la cual estará bajo el mando y la autoridad del Procurador.

En ejercicio de las funciones que le competan, tal Policía deberá ser auxiliada por los demás cuerpos de seguridad pública del Estado y sus Municipios.



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Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor


cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.


Que quiere decir este artículo?


hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


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