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Ley Agraria Artículo 38 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/09/2024

Ley Agraria Federal
Artículo 38.

Para ser miembro de un comisariado o del consejo de vigilancia se requiere ser ejidatario del núcleo de población de que se trate, haber trabajado en el ejido durante los últimos seis meses, estar en pleno goce de sus derechos y no haber sido sentenciado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad. Asimismo, deberá trabajar en el ejido mientras dure su encargo.

Federal de México Artículo 38 Ley Agraria
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Los comentarios de los usuarios

Se entiende por trabajar en el ejido estar sembrando su parcela? Y si no es así no podría ser miembro del consejo de vigilancia?

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