Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Artículo 70 México
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico
Artículo 70.
Las garantías que deban otorgarse conforme a esta Ley se constituirán en favor de:
I.La Tesorería de la Federación, por actos o contratos que se celebren con las dependencias;
II.Las entidades, cuando los actos o contratos se celebren con ellas, y
III.Las Tesorerías de las entidades federativas o de los municipios, en los casos de los contratos celebrados al amparo de la fracción V del artículo 1 de esta Ley.
México Artículo 70 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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