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Ley de Firma Electrónica Avanzada Artículo 9 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Ley de Firma Electrónica Avanzada Federal
Artículo 9.

Para que los sujetos obligados puedan utilizar la firma electrónica avanzada en los actos a que se refiere esta Ley deberán contar con:

I.Un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la presente Ley, y

II.Una clave privada, generada bajo su exclusivo control.

Federal de México Artículo 9 Ley de Firma Electrónica Avanzada
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Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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