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Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad Artículo 49


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad
Artículo 49.

Corresponde a la persona titular de la Dirección Generalla gestión, operación, funcionamiento y ejecución de los objetivos de la Comisión Federalde Electricidad, y se debe sujetar a las estrategias, políticas y lineamientos aprobados por el Consejo de Administración. Al efecto, tiene las funciones siguientes:

I.Administrar y representar legalmente a la empresa, en términos de la presente Ley, con las más amplias facultades para actos de dominio, administración, pleitos y cobranzas, incluso las que requieran autorización, poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, incluyendo la representación patronal y facultades necesarias en materia laboral; para formular querellas en casos de delitos que sólo se pueden perseguir a petición de parte afectada; para otorgar perdón; para ejercitar y desistirse de acciones judiciales y administrativas, inclusive en el juicio de amparo; para comprometerse en árbitros y transigir; así como facultades cambiarias para suscribir, emitir, avalar, endosar y negociar títulos de crédito, y para otorgar y revocar toda clase de poderes generales o especiales;

II.Ejecutar los acuerdos y decisiones del Consejo de Administración;

III.Formular y presentar para autorización del Consejo de Administración el Programa de Desarrollo de la Comisión Federalde Electricidad y el programa operativo y financiero anual de trabajo;

IV.Presentar para aprobación del Consejo de Administración, previa revisión del Comité de Sostenibilidad, el plan de sostenibilidad de la Comisión Federalde Electricidad;

V.Enviar a la Secretaríade Hacienda y Crédito Público, en términos de lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Cuarto y demás disposiciones aplicables de esta Ley, la información presupuestaria y financiera que corresponda a la Comisión Federalde Electricidad y, en su caso, empresas filiales;

VI.Autorizar los pagos extraordinarios, donativos y donaciones en efectivo o en especie que la Comisión Federalde Electricidad y, en su caso, sus empresas filiales otorguen, en términos de los lineamientos que expida el Consejo de Administración;

VII.Administrar el patrimonio de la empresa y disponer de sus bienes conforme a lo establecido en la presente Ley y en las políticas y autorizaciones que al efecto emita el Consejo de Administración;

VIII.Dirigir la política y establecer las directrices para la programación, instrumentación y evaluación de las acciones de apoyo de la Comisión Federalde Electricidad y sus empresas filiales, para el desarrollo comunitario sustentable, que hagan viable las actividades productivas;

IX.Convenir y suscribir los contratos colectivos y convenios administrativos sindicales que regulen las relaciones laborales de la Comisión Federalde Electricidad, conforme a las previsiones máximas previamente aprobadas por el Consejo de Administración, así como expedir los reglamentos de trabajo del personal de confianza, en términos del artículo 123, apartado A, de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federaldel Trabajo;

X.Dirigir la instrumentación y administración de los sistemas de seguridad de los bienes e instalaciones de la Comisión Federalde Electricidad y, en su caso, empresas filiales, en coordinación con las dependencias competentes de los tres órdenes de gobierno;

XI.Dirigir la instrumentación y administración de los mecanismos de seguridad, salud y protección y seguridad industrial de la Comisión Federalde Electricidad y, en su caso, empresas filiales, así como los mecanismos y procedimientos para controlar la calidad y continuidad de las operaciones industriales y comerciales;

XII.Dirigir el diseño y la implementación de los programas de prevención en materia eléctrica, y los demás que, en materia de seguridad operativa, equilibrio ecológico y preservación del medio ambiente sean aplicables;

XIII.Constituir, disolver y determinar las funciones de grupos de trabajo o comisiones asesoras que se requieran para el cumplimiento del objeto de la empresa, así como dictar las bases para su funcionamiento;

XIV.Presentar al Consejo de Administración un informe anual sobre el desempeño de la Comisión Federalde Electricidad y sus empresas filiales, incluido el ejercicio de los presupuestos de ingresos y egresos y los estados financieros correspondientes. El informe y los documentos de apoyo deben contener un análisis comparativo sobre las metas y compromisos establecidos en el Programa de Desarrollo de la Comisión Federalde Electricidad con los resultados alcanzados;

XV.Dar a conocer al público en general, los estados financieros bajo Normas Internacionales de Información Financiera, en los términos que establezca el Consejo de Administración;

XVI.Establecer medidas para el desarrollo tecnológico y para asegurar la calidad de sus productos;

XVII.Proponer al Consejo de Administración las adecuaciones que estime necesarias a las políticas generales de operación;

XVIII.Difundir la información relevante y eventos que deban ser públicos en términos de las disposiciones aplicables, y

XIX.Las demás previstas en esta Ley, y las que le asigne el Consejo de Administración, el Estatuto Orgánico o se prevean en otros ordenamientos jurídicos aplicables.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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