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Ley de Planeación y Transición Energética Artículo 9 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Ley de Planeación y Transición Energética Federal
Artículo 9.

Corresponde a la Secretaríade Medio Ambiente y Recursos Naturales:

I.Diseñar y aplicar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con la Secretaría, los instrumentos de fomento y de normatividad para prevenir, controlar y remediar la contaminación proveniente de la generación y transmisión de energía eléctrica y de combustibles en lo referente a Emisiones de Contaminantes a la atmósfera, incluidos los gases y compuestos de efecto invernadero y residuos, en los términos definidos en este ordenamiento;

II.Realizar y coordinar estudios e investigaciones, en coordinación con la Secretaría, para:

a)Determinar las causas y efectos de los problemas ambientales generados por el Sector Energético y actividades extractivas asociadas, respecto al aprovechamiento racional y sustentable de los recursos naturales no renovables, y

b)Determinar las mejores prácticas para la prevención y control de la contaminación que pudiera generar el Sector de Energético;

III.Colaborar y coordinarse con la Secretaríapara asegurar el intercambio de información y la congruencia de las autorizaciones de estas autoridades para el desarrollo de proyectos del Sector Energético, particularmente en las materias de evaluación de impacto ambiental, impacto social y manejo de residuos;

IV.Colaborar y coordinarse con la Secretaríapara asegurar el intercambio de información para la simplificación administrativa;

V.Elaborar estudios de evaluación ambiental estratégica de carácter regional para promover la instalación de proyectos de Energías Limpias.

Para el cumplimiento de lo establecido en esta fracción, la Secretaríade Medio Ambiente y Recursos Naturales puede apoyarse de instituciones públicas, privadas, académicas, del sector social y de la cooperación internacional;

VI.Compartir los resultados de los estudios de evaluación ambiental estratégica con la Secretaríapara que se integre en la planeación del Sector Energético y desarrollar mecanismos para la promoción y simplificación de la evaluación de impacto ambiental de los proyectos de Energías Limpias en las regiones que determine, en coordinación con la Secretaría;

VII.En coordinación con la Secretaría, actualizar la línea base de Emisiones de bióxido de carbono equivalente del Sector Energético en su conjunto y proyectar la disminución esperada en las Emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero en concordancia con el cumplimiento de las metas de Energías Limpias y con el cumplimiento de su contribución a las metas establecidas en la Ley Generalde Cambio Climático;

VIII.Publicar, en conjunto con la Secretaríaun informe de las Emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero y del resto de los Contaminantes atmosféricos regulados que tenga cada instalación del Sector Energético yque tenga una emisión mayor o igual al umbral que derive de la Ley Generalde Cambio Climático en materia de Registro Nacional de Emisiones, para la publicación de los instrumentos de planeación;

IX.Proporcionar a la Secretaríala información sobre consumo final de la energía y las Emisiones Contaminantes de los sectores energético, industrial y de consumo final, y

X.Colaborar y coordinarse con la Secretaríaen la vigilancia del cumplimiento en materia de Emisiones y Eficiencia Energética vinculadas al Sector Energético.

Federal de México Artículo 9 Ley de Planeación y Transición Energética
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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