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Ley de Tesorería de la Federación Artículo 58 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley de Tesorería de la Federación Federal
Artículo 58.

Para efectos de la legislación federal en materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y de fiscalización y control de recursos públicos, son faltas administrativas graves de los servidores públicos federales:

I.Las infracciones a que se refiere el artículo 56 de esta Ley;

II.No enterar a la Tesorería los dividendos, utilidades, cuotas de liquidación o remanentes derivados de las inversiones financieras del Gobierno Federal;

III.No informar los acuerdos en materia de reducción o incremento de la participación del Gobierno Federal en el capital social de la persona moral de que se trate, a que se refiere el artículo 34 de esta Ley, y

IV.No cumplir las disposiciones generales que emita la Tesorería en materia de garantías no fiscales en términos del artículo 45 de esta Ley.



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