Ley de Vías Generales de Comunicación Artículo 123 México
Ley de Vías Generales de Comunicación
Artículo 123.
Las personas concesionarias y las asignatarias de Vías Generales de Comunicación, contribuirán para los gastos de servicio de inspección, con la cantidad que se determine en las concesiones o asignaciones respectivas, cuando en estas no se hayan determinado, será fijada por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
México Artículo 123 Ley de Vías Generales de Comunicación
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jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
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Ley de Vías Generales de Comunicación Artículo 260. Código de Procedimientos Penales Guanajuato Artículo 430. Código de Procedimientos Familiares Sinaloa Artículo 265. Ley Nacional de Ejecución Penal Artículo 147. Opinión técnica de la representación social Código de la Hacienda Pública Chiapas Artículo 442.Publique la información de sí mismo
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