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Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales Artículo 3o Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales Federal
Artículo 3o.

Serán materia de publicación en el Diario Oficial de la Federación:

I.- Las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión;

II.- Los decretos, reglamentos, acuerdos y órdenes del Ejecutivo Federal que sean de interés general;

III.- Los acuerdos, circulares y órdenes de las Dependencias del Ejecutivo Federal, que sean de interés general;

IV.- Los Tratados celebrados por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos;

V.- Los acuerdos de interés general emitidos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;

VI.- Los actos y resoluciones que la Constitución y las leyes ordenen que se publiquen en el Periódico Oficial;


VII.- Aquellos actos o resoluciones que por propia importancia así lo determine el Presidente de la República, y


VIII.- Las fe de erratas que la autoridad estime necesarias.

Federal de México Artículo 3o Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales
Artículo 1o 2o 3o 4o 5o ...18

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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