Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo 18-L Federal de México
Ley del Impuesto al Valor Agregado Federal
Artículo 18-L.
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 18-K de esta Ley, los contribuyentes personas físicas que hubieren obtenido ingresos hasta por un monto de $300,000.00 en el ejercicio inmediato anterior por las actividades realizadas con la intermediación de las personas a que se refiere el artículo 18-J de la misma, podrán ejercer la opción a que se refiere el artículo 18-M del presente ordenamiento, siempre que no reciban ingresos por otros conceptos, con excepción de los ingresos a que se refieren los Capítulos I y VI del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en cuyo caso sí podrán ejercer la opción mencionada.Los contribuyentes que inicien actividades podrán aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior cuando estimen que sus ingresos del ejercicio no excederán al monto establecido en dicho párrafo. Cuando en el ejercicio inicial realicen operaciones por un período menor a doce meses, para determinar el monto citado, dividirán los ingresos obtenidos entre el número de días que comprenda el período y el resultado se multiplicará por 365 días. Si la cantidad obtenida excede del monto referido, en el ejercicio siguiente no se podrá tomar el beneficio del párrafo anterior.
Federal de México Artículo 18-L Ley del Impuesto al Valor Agregado
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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