Ley del Servicio de Tesorería de la Federación Artículo 99 Federal de México
Versión actualizada
Ley de Tesorería de la FederaciónLey del Servicio de Tesorería de la Federación Federal
Artículo 99.
Son infracciones administrativas de los servidores públicos y los auxiliares que recauden, manejen, custodien o administren fondos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal que establece esta Ley, las siguientes:I.- No dar o presentar los avisos, datos, informes, libros, registros, padrones y demás documentos que se les exijan durante las diligencias de vigilancia;
II.- Asentar hechos falsos o alterar los libros y documentos a que se refiere la fracción anterior; o coludirse con otras personas, aun cuando no estén sujetas a la vigilancia, con la mira de obtener algún beneficio para sí o para tercero;
III.- Dar en forma dolosa o irregular los avisos, datos e informes a que se refiere la fracción I;
IV.- No acatar las observaciones que legalmente les notifique el personal de la Tesorería;
V.- Resistirse a la práctica de las visitas y demás actos de vigilancia;
VI.- No prestar la colaboración que solicite el personal de la Tesorería, ni proporcionarle las facilidades necesarias para el ejercicio de sus funciones, cuando sean requeridos para ello, y
VII.- Faltar en cualquier otra forma a las obligaciones que les impongan esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.
Artículo adicionado DOF 17-11-1995
Federal de México Artículo 99 Ley del Servicio de Tesorería de la Federación
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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