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Ley del Servicio Exterior Mexicano Artículo 1-BIS


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/06/2025

Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 1-BIS.

Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

I. Actividades Diplomáticas: Las acciones desarrolladas por servidores públicos en el ámbito de las relaciones internacionales de México, con la finalidad de cumplir con los objetivos de la política exterior e incrementar la presencia, el impacto y prestigio de México en el mundo;

II. Agencia Consular: La oficina a cargo de un funcionario consular; es de jerarquía menor a la de los consulados porque su circunscripción es muy limitada;

III. Circunscripción Consular: El territorio atribuido a una oficina consular para el ejercicio de las funciones consulares;

IV. Comisión de Personal: La Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano, órgano colegiado encargado de conocer cualquier asunto relativo al Servicio Exterior;

V. Consulado: La oficina a cargo de un funcionario consular, del que pueden depender algunas agencias consulares;

VI. Consulado General: La oficina a cargo de un funcionario consular, generalmente con el rango de Cónsul General y del cual dependen los consulados y agencias consulares que se localicen en su circunscripción;

VII. Consulado Honorario: La oficina a cargo de un cónsul honorario, trátese de un nacional o de un extranjero, en la que éste realiza, sin remuneración alguna, funciones consulares limitadas;

VIII. Dirección General: La unidad administrativa de la Secretaría que tenga a su cargo los asuntos concernientes al personal del Servicio Exterior;

IX. Embajada: La representación permanente del Estado mexicano ante el gobierno de otro país. Sus principales funciones son de carácter político;

X. Funcionario Consular: Cualquier persona, incluida aquélla que funja como jefe de oficina consular, encargada con ese carácter del ejercicio de funciones consulares;

XI. Instituto Matías Romero: Es el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, cuyo objetivo consiste en preparar recursos humanos de alto nivel analítico y técnico en los temas y materias de utilidad para las Actividades Diplomáticas, de política internacional y de manera específica para la política exterior de México, cuyo titular será un embajador de carrera del Servicio Exterior;

XII. Jefe de Misión: Titular de la representación diplomática, encargado de actuar con tal carácter;

XIII. Jefe de Oficina Consular: La persona encargada de desempeñar tal función;

XIV. Ley: La Ley del Servicio Exterior Mexicano;

XV. Miembro del Servicio Exterior: Servidor público que forma parte del Servicio Exterior Mexicano, ya sea como personal de carrera o temporal, en sus ramas diplomático-consular y técnico-administrativa;

XVI. Misión Diplomática: Las embajadas;

XVII. Misión Especial: Misión temporal que ejerce la representación de México en el extranjero durante el tiempo y con las características de la función específica que en cada caso se indique por la Secretaría;

XVIII. Misión Permanente: La representación del Estado mexicano ante organismos internacionales;

XIX. Oficina Consular: La representación del Estado mexicano ante el gobierno de otro país, en la que se realizan de carácter permanente las siguientes funciones: proteger los intereses de México y de los mexicanos que se localicen en su circunscripción, fomentar las relaciones comerciales, económicas, culturales y científicas entre ambos países y expedir la documentación a mexicanos y extranjeros en términos de la presente Ley y su Reglamento. Según su importancia y ámbito de circunscripción se clasifican en: Sección Consular, Consulado General, Consulado, Agencia Consular y Consulado Honorario;

XX. Oficina de Enlace: La oficina de representación en el extranjero, con funciones y circunscripción limitadas, a cargo de un servidor público perteneciente al Servicio Exterior y generalmente dependiente de una embajada o consulado;

XXI. Reglamento: El Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano;

XXII. Representación: Las embajadas, misiones permanentes y oficinas consulares;

XXIII. Representación Consular: Las oficinas consulares;

XXIV. Representaciones Diplomáticas: Las embajadas y misiones permanentes;

XXV. Secretaría: La Secretaría de Relaciones Exteriores;

XXVI. Secretario: Persona que funge como Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores;

XXVII. Sección Consular: La oficina de una embajada que realiza funciones consulares, y

XXVIII. Servicio Exterior: El Servicio Exterior Mexicano.

Artículo 1-BIS Ley del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 1 1‑BIS 1‑TER 2 ...65

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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


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