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Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica Artículo 82 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica Federal
Artículo 82.

El patrimonio del Instituto se integra con:

I.Los bienes inmuebles o muebles que adquiera para el cumplimiento de su objeto, incluyendo los que la Federación haya destinado para tal fin o para su uso exclusivo;

II.Los recursos que anualmente apruebe para el Instituto la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación;

III.Las donaciones que reciba para el cumplimiento de su objeto, y

IV.Los ingresos que reciba por cualquier otro concepto, incluso los derivados de la aplicación de la presente Ley.

El Instituto no podrá tener más bienes inmuebles que los estrictamente necesarios para cumplir con su objeto.

Federal de México Artículo 82 Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Artículo 1 ...80 81 82 83 84 ...126

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Hola, buenas noches, en un auto que salio publicado me piden que lo promueva conforme a derecho, estoy pidiendo la devolucion de los pagares, una vez que ya liquide esa deuda, soy la parte demandada, de un juicio ejecutivo mercantil. Meti mi escrito en base al articulo 8 de la cpeum, pero siguen con que lo siga promoviendo conforme a derecho.


Hola buenas tardes hay algun articulo en la ley de condominos que no se puede pegar propaganda dentro del fraccionamiento


necesito dar fundamento en que el empleador tiene la obligación de dar recibo de pago y el empleado tiene el derecho de recibir el recibo de pago


buenos dias, en el proceso del intestado aun no se asigna albacea, somos 5 hermanos, solo yo estoy casado con dos hijas de 23 y 21 años de edad, pueden ser nombradas como posibles herederas; segundo, desde casi año y medio que fallecio mi madre, mis hermanos ventajosamente estan recibiendo rentas de las propiedades sin participarme nada, en este punto del juicio yo puedo exigir las rentas mi parte gracias


En principio para poder presentar una denuncia, tendrías que configurar el Dolo, es decir que el dinero te lo solicito con el fin de ocasionarte un perjuicio o detrimento, sin embargo, es complicado, porque hay un contrato, si no se cumplió deberías de iniciar un procedimiento civil de incumplimiento de contrato, considero que si vas por la via penal solo perderás dinero.


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