Ley Federal de Derechos Artículo 187 Federal de México
Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 187.
Por los servicios que presta el Registro Agrario Nacional, relativos a la expedición de los documentos en que consten las operaciones originales y las modificaciones que sufra la propiedad ejidal y comunal, así como los derechos constituidos respecto de la misma, los relacionados con terrenos de colonias agrícolas y ganaderas, los que se refieran a la constitución de sociedades rurales y sobre propiedades agrícolas, ganaderas o forestales de las sociedades mercantiles y civiles, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:A. (Se deroga).
B.- Por la expedición de los siguientes certificados y títulos de propiedad:
I.Certificados y títulos de propiedad por actos jurídicos que no provengan del Fondo de Apoyo para los Núcleos Agrarios sin Regularizar $180.14
II.- Títulos de dominio pleno de colonias, siempre y cuando no provengan del Programa de Regularización de Colonias $179.99
III.- Títulos de propiedad de origen parcelario $342.99
C.Por la reposición de certificados parcelarios o de derechos sobre tierras de uso común; así como de certificados de derechos agrarios, por cada uno $179.99
D.- Por la expedición de otros documentos:
I.- Constancias $179.99
No se pagará el derecho establecido en esta fracción por la expedición de constancias que sean solicitadas por la Federación, estados y municipios y por las organizaciones campesinas, en este último caso, cuando acrediten que actúan en representación legal de los núcleos de población o de sus integrantes.
II.- Oficios informativos sobre ubicación de predios $235.67
III.- Listado de ejidatarios o comuneros con derechos vigentes $346.58
IV.Listados prediales referenciados a carta catastral, por cada hoja tamaño carta u oficio $89.78
E.(Se deroga).
F.- Por otros servicios:
I.(Se deroga).
II.(Se deroga).
III.Por las anotaciones preventivas, su rectificación o cancelación, así como por la cancelación o rectificación de las inscripciones $89.78
IV.Por la expedición de copias certificadas de cada plano tamaño carta u oficio $25.12
No se pagarán los derechos establecidos en este artículo cuando se trate del cumplimiento de resoluciones judiciales firmes emitidas por los tribunales competentes, así como por las anotaciones preventivas ordenadas por autoridad competente.
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MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
.......... :)
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