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Ley Federal de Derechos Artículo 292 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/07/2024

Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 292.

No se pagarán los derechos a que se refiere este Capítulo, por los vuelos que realicen las aeronaves nacionales o extranjeras con alguna de las finalidades siguientes:

I.Que presten servicios de búsqueda o salvamento, auxilio en zonas de desastre, combate de epidemias o fumigación, ayuda médica con fines no lucrativos, los de asistencia social, y los que atiendan situaciones de emergencia, tanto nacionales como internacionales.

II.En misiones diplomáticas acreditadas por la Secretaríade Relaciones Exteriores, siempre y cuando existan convenios de reciprocidad.

III.Vuelos de enseñanza, que realicen las escuelas de aviación.

IV.Destinadas a la verificación y certificación de radares y radioayudas a la navegación aérea propiedad de la Secretaríade Comunicaciones y Transportes.

V.Que participen en festivales aéreos organizados por la autoridad aeronáutica.

Asimismo, no pagarán el derecho las aeronaves, que pertenezcan a las fuerzas armadas, las destinadas a la seguridad pública y nacional, así como las que no utilicen motores o turborreactores para sustentar el vuelo.

Federal de México Artículo 292 Ley Federal de Derechos
Artículo 1o ...290 291 292

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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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