Imprimir

Ley Federal de Derechos Artículo 195-Z-11 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 195-Z-11.

Se pagará el derecho de cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, por cada buque, con excepción de los buques pesqueros o de cualquier otro giro, que no siendo de altura, realicen su actividad en puertos nacionales, conforme a las siguientes cuotas:

I.Por la revisión de la evaluación de protección:

a).De más de 10 hasta 200 unidades de arqueo bruto $6,601.10

b).De más de 200 hasta 500 unidades de arqueo bruto $7,824.21

c).De más de 500 hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $9,185.27

d).De más de 1,000 hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $11,918.55

e).De más de 5,000 hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $16,720.84

f).De más de 10,000 unidades de arqueo bruto $26,952.85

II.Por la revisión y, en su caso, aprobación del Plan de Protección:

a).De más de 10 hasta 200 unidades de arqueo bruto $6,959.09

b).De más de 200 hasta 500 unidades de arqueo bruto $8,241.96

c).De más de 500 hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $11,126.04

d).De más de 1,000 hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $12,654.82

e).De más de 5,000 hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $19,006.56

f).De más de 10,000 de unidades de arqueo bruto $30,735.68

También se pagarán los derechos establecidos en esta fracción, cuando se lleven a cabo modificaciones en el Plan de Protección de cada buque.

III.Por la verificación de la implantación del Plan de Protección y, en su caso, certificación o renovación anual:

a).De más de 10 y hasta 200 unidades de arqueo bruto $6,601.10

b).De más de 200 y hasta 500 unidades de arqueo bruto $7,824.21

c).De más de 500 y hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $9,185.27

d).De más de 1,000 y hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $11,918.55

e).De más de 5,000 y hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $18,301.02

f).De más de 10,000 unidades de arqueo bruto $26,952.85

IV.Por la expedición, reposición o renovación del Certificado Internacional de Protección del Buque y del Certificado Internacional de Protección del Buque Provisional:

a).De más de 10 hasta 200 unidades de arqueo bruto $6,601.10

b).De más de 200 y hasta 500 unidades de arqueo bruto $7,824.21

c).De más de 500 y hasta 1,000 unidades de arqueo bruto $9,185.27

d).De más de 1,000 y hasta 5,000 unidades de arqueo bruto $11,918.55

e).De más de 5,000 y hasta 10,000 unidades de arqueo bruto $16,720.84

f).De más de 10,000 unidades de arqueo bruto $26,952.85

Federal de México Artículo 195-Z-11 Ley Federal de Derechos
Artículo 1o ...195‑Z‑9 195‑Z‑10 195‑Z‑11 195‑Z‑11 Bis 195‑Z‑11 Ter ...292

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse