Ley Federal de Derechos Artículo 194-D Federal de México
Ley Federal de Derechos Federal
Artículo 194-D.
Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho correspondiente, conforme a las siguientes cuotas:I.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, otorgamiento de permisos, autorizaciones, concesiones, acuerdos de destino, desincorporaciones, prórrogas de concesiones o permisos, cesión de derechos o autorización de modificaciones a las condiciones y bases del título de concesión o permisos para el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas, se pagará el derecho conforme a la siguiente cuota $3,358.22
La anterior disposición es aplicable a los establecimientos permanentes. En el caso específico de los permisos para los puestos fijos o semifijos, así como los de los comerciantes que no cuenten con establecimiento permanente, se pagará el 50% de la cuota del derecho a que se refiere el primer párrafo de esta fracción.
II.- Por la verificación en campo de levantamiento topográfico presentado por el solicitante de uso o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar, o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas:
Rango de superficie
(metros cuadrados)
límites
inferior
Superior
Cuota fija
Cuota Adicional por m2excedente del límite inferior
0.01
500.00
$2,310.11
$0.0000
500.01
1,000.00
$2,310.11
$6.4692
1,000.01
2,500.00
$5,545.52
$4.8304
2,500.01
5,000.00
$12,793.78
$2.6152
5,000.01
10,000.00
$19,336.21
$1.6659
10,000.01
15,000.00
$27,674.10
$1.2809
15,000.01
20,000.00
$34,089.24
$1.1170
20,000.01
25,000.00
$39,680.76
$0.9661
25,000.01
50,000.00
$44,519.73
$0.8021
50,000.01
100,000.00
$64,623.30
$0.4433
100,000.01
150,000.00
$86,902.63
$0.3358
150,000.01
En adelante
$103,755.21
$0.2244
A partir del límite inferior, a los m2 adicionales se les aplicará el factor correspondiente hasta llegar al límite inferior del siguiente rango.
III. Por la cesión de la concesión entre particulares $7,543.18
IV. (Se deroga).
Cuando las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas se utilicen para la agricultura, ganadería, acuacultura o pesca, las cuotas señaladas en este artículo se reducirán en un 80%.
Este derecho se pagará independientemente del que corresponda por el uso o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre, los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito que se forme por aguas marítimas conforme al título II de esta Ley.
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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